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viernes, abril 26, 2024

Gasolina Magna y diésel tendrán subsidio del 100 por ciento esta semana

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), dará estímulos fiscales del 5 al 11 de marzo a los comercializadores de gasolina Magna y Diésel, de acuerdo al nuevo decreto publicado el viernes 4 de marzo de 2022, en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Los estímulos a los vendedores se otorgarán por cada litro vendido y Hacienda lo establecerá cuando el descuento al IEPS en los combustibles sea del 100 por ciento, de acuerdo al DOF. Hacienda estará proporcionando un estímulo adicional de 0.8716 pesos por litro de Magna y otro de 0.6061 de diésel

Adicional a la reducción que hace al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), la secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dará estímulos fiscales a los comercializadores de gasolinas y diésel, a través de la acreditación de IVA o ISR, de acuerdo a un nuevo decreto publicado la noche de este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

“El decreto va a durar en la medida que los precios se mantengan presionados a la alza, y en la medida en que nosotros logremos al interior del sector público hacer los ajustes contables, entre un ingreso que está de más, y un ingreso que está de menos”, dijo el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en conferencia de prensa, previa a la publicación del decreto.

Los nuevos estímulos a los vendedores se darán por cada litro vendido, y los establecerá Hacienda cuando el descuento al IEPS federal que se cobra a los combustibles sea de 100%, refiere el Decreto.

Para la semana del 5 al 11 de marzo, los combustibles que tienen subsidio del 100% son la gasolina Magna y el diésel.

Por esto, la secretaría de Hacienda dará un estímulo adicional a los comercializadores de 0.8716 pesos por litro de Magna, y otro de 0.6061 pesos por cada litro vendido de diésel en este periodo, detalla el acuerdo que se pública cada viernes para dar a conocer las cuotas IEPS, y que contiene una nueva sección para los estímulos adicionales.

El monto del estímulo fiscal correspondiente a la totalidad de litros de combustibles vendidos en un mes de calendario se podrá acreditar contra el Impuesto Sobre la Renta (ISR) a cargo del contribuyente, quien deberá enterar en las declaraciones de pagos provisionales propios correspondientes al mes en que se llevó a cabo la enajenación de los combustibles, o en la declaración del ejercicio.

Fuente; Ntv

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