Édgar Palomino Ayón impugnó ante la Sala Guadalajara la decisión del TEE para que los votos en el apartado de “candidato no registrado”, fueran contabilizados de forma oficial; pero su impugnación fue declarada inoperante.
Édgar Palomino Ayón obtuvo el 6 de junio 322 votos en el apartado de “candidato no registrado” y recibió su constancia de mayoría.
Tribunal declaró inválida constancia de Édgar Palomino
Pero después de la impugnación del Partido Acción Nacional, el Tribunal Estatal Electoral (TEE) resolvió declarar inválida la constancia ya que los votos para candidatura no registrada son “meramente estadísticos” y no tienen una validez, además se solicitó emitir otra constancia a favor de Manuel Francisco Villa Paredes, candidato del PAN y quien obtuvo 288 votos.
Después de esto, Palomino Ayón impugnó ante la Sala Guadalajara la decisión del TEE para que los votos en el apartado de “candidato no registrado”, fueran contabilizados de forma oficial.
Este jueves los magistrados de la Sala Guadalajara declaró inoperantes los agravios presentado por Palomino Ayón.
El documento cita que “adoptar una postura como la que plantea, más que optimizar el principio de autenticidad de las elecciones, a juicio del ponente, se traduciría en consentir una influencia indebida sobre los electores, por parte de quien no observó las reglas, a las que sí se ajustaron el resto de contendientes y que comprenden desde plazos y requisitos, hasta la fiscalización de recursos y la vigilancia permanente de su actuación, durante todas las etapas del proceso electoral”. (El Imparcial)